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Fecha: Miércoles 24 de Marzo de 2010 a las 14:00
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“FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.- Régimen jurídico de prestaciones y su intervención en el procedimiento laboral y concursal” ObjetivosEl Fondo de Garantía Salarial, Organismo Autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración y creado para atender en situaciones de crisis tanto a trabajadores como empresarios, se encuentra, en los momentos actuales, en una situación de máxima actividad debido, tanto a las numerosas insolvencias, que se decretan en los Juzgados de lo Social, como por el elevado número de concursos presentados en los dos últimos años, concursos que tienen como acreedores a trabajadores que quedan sin recursos tras la presentación de los mismos ó incluso antes de ser presentados.
Por otro lado, su misión, también consiste, en ayudar a la pequeña empresa en parte del pago de las indemnizaciones, responsabilidad directa del personal del que es necesario prescindir para seguir con la actividad, así como a través de la insolvencia técnica (figura creada por la Ley de Procedimiento Laboral) contribuir en toda clase de empresas a la superación de la crisis pagando prestaciones sin necesidad de declaración de insolvencia, siempre que la empresa presente un plan de viabilidad y garantice la devolución de las prestaciones.
Además de acción protectora la ley le impone la recuperación de las prestaciones pagadas que no sea de responsabilidad directa, mediante la subrogación en los créditos de los trabajadores, tanto en los procedimientos laborales como en los procedimientos concursales, lo que le lleva a actuaciones tanto precautorias como ejecutorias en el procedimiento laboral, así como intervenciones como acreedor en el procedimiento concursal.
Este foro pretende dar una visión general de la actividad del FOGASA en los momentos actuales, así como las últimas novedades jurisprudenciales, todas dirigidas a facilitar el acceso del trabajador a las prestaciones.
Por último, resaltar que, en cumplimiento de la Ley 11/2007 de 22 de Junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el FOGASA, mediante Orden Ministerial de 7 de octubre de 2000, procedió a la creación de un registro electrónico para la recepción, remisión y tramitación de solicitudes de prestaciones de garantía salarial que se presenten por vía electrónica, que en un futuro próximo va a posibilitar la recepción de alegaciones o recursos, por parte de los administrados, así como la remisión de comunicaciones o resoluciones por parte de FOGASA. Al objeto de dar cumplimiento a las anteriores previsiones legales se está trabajando para la conexión electrónica con los órganos jurisdiccionales a fin de tener acceso directo a las resoluciones judiciales que sean necesarias para conceder las prestaciones.
PonenteElena Cantos Aberasturi, Jefe de Unidad del Fondo de Garantía Salarial de Madrid. ModeradorJosé Antonio Tortosa Mondéjar,Economista y Auditor, Administrador Concursal. |
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