El 1 de Enero de 2016 entró en vigor la Ley 42/15 de Reforma de la LEC y con ella una nueva forma de comunicación de los profesionales con la Administración de Justicia. Transcurrido un año, en esta sesión se ha querido poner de manifiesto la realidad en la implantación de todos los nuevos mecanismos que pretende dotar a la Administración de Justicia de una mayor agilidad y eficacia.
En su intervención la Letrada de la Administración de Justicia, Natalia Hermoso, puso de manifiesto, que se está trabajando intensamente por parte de los poderes públicos en la implantación del expediente judicial electrónico, en la búsqueda de la forma de cumplir con el requisito de que las personas físicas y jurídicas se entiendan por medios electrónicos con la Administración y en establecimiento de una plataforma para el otorgamiento y consulta permanente de los poderes electrónicos, quedando patente que queda todavía mucho camino por recorrer. Asimismo, expuso las dificultades que atraviesan los Juzgados y Tribunales para la notificación de resoluciones y el tratamiento de los escritos presentados telemáticamente a través del sistema lexnet, ante la carencia del expediente judicial electrónico en algunas Comunidades Autónomas como Madrid.
En su intervención la Letrada de la Administración de Justicia, Natalia Hermoso, puso de manifiesto, que se está trabajando intensamente por parte de los poderes públicos en la implantación del expediente judicial electrónico, en la búsqueda de la forma de cumplir con el requisito de que las personas físicas y jurídicas se entiendan por medios electrónicos con la Administración y en establecimiento de una plataforma para el otorgamiento y consulta permanente de los poderes electrónicos, quedando patente que queda todavía mucho camino por recorrer. Asimismo, expuso las dificultades que atraviesan los Juzgados y Tribunales para la notificación de resoluciones y el tratamiento de los escritos presentados telemáticamente a través del sistema lexnet, ante la carencia del expediente judicial electrónico en algunas Comunidades Autónomas como Madrid.
Por su parte, Carmen Giménez Cardona, Procurador de los Tribunales, hizo un repaso de las condiciones de presentación de los escritos con los documentos que se acompañan, ya que el uso de medios telemáticos hace necesario cumplir con los requisitos que exige la Ley 18/2011 de Uso de las Nuevas Tecnologías en la Administración de Justicia. Se hizo hincapié en el necesario cumplimiento de los requisitos de presentación telemática de los escritos y en la importancia de la firma digital que se ha de plasmar en los escritos y en los documentos y en los efectos que puede producir sobre la admisión e impugnación de los documentos.
Durante el debate, los asistentes mostraron especial interés por el carácter del que se dota a los documentos al ser presentados telemáticamente y el cómputo de los plazos teniendo en cuenta las fechas de notificación de las resoluciones recibidas a través del sistema lexnet.